El Gobernador del Estado de acuerdo a lo establecido por los artículos 98 fracción XXVII y 164 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, enviará por escrito y en archivo digital al Congreso del Estado un Informe de la gestión gubernamental en el Estado de Durango, que dé cuenta de los recursos ejercidos y los resultados obtenidos durante el ejercicio anual anterior en función de los objetivos de la planeación.
El informe deberá estar estructurado en atención a los Ejes y objetivos del Plan Estatal de Desarrollo y con base en los Programas Presupuestarios alineados a cada objetivo del Plan. En él se detallarán los recursos asignados y ejercidos a cada Programa Presupuestario y los proyectos, obras y acciones realizadas.